(Decreto Supremo N° 101-2020-PCM – 04 de junio de 2020)
Mediante Decreto Supremo N° 101-2020/PCM, se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Este documento establece las siguientes indicaciones:
- Previo al inicio de sus actividades, las empresas, personas jurídicas, personas naturales y entidades deberán elaborar su “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo” y registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Para la elaboración del referido Plan se deberá observar los “Lineamientos para la Vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, así como los Protocolos Sectoriales según corresponda.
- Las actividades contenidas en la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, inicia a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, esto es, el 5 de junio de 2020.
Actividades de la Fase I
FASE 2 DE LA “REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES” |
Agricultura |
1. Títulos habilitantes y actos administrativos. 2. Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental. 3. Titulación de la propiedad agraria y catastro rural. 4. Implementación de planes de negocio. |
Minería |
5. Explotación del estrato de la gran y mediana minería. 6. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos: · Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamentos mineros y/o acondicionar componentes auxiliares y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores. · Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente. |
Manufactura |
7. Elaboración de alimentos preparados para animales. 8. Elaboración de malta y cerveza. 9. Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco. 10. Fabricación de calzado. 11. Impresión. 12. Construcción de material de transporte. 13. Otras industrias manufactureras. |
Construcción |
14. Proyectos de inversión pública. 15. Proyectos de inversión privada. 16. Asociaciones Público Privadas. 17. Proyecto en Activos. 18. IOARR y el PIRCC. |
Comercio |
19. Venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas. 20. Venta, mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, venta de los repuestos y suministros. |
Servicios |
21. Servicios profesionales, científicos y técnicos: · Actividades jurídicas · Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos · Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico · Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades · Actividades veterinarias 22. Hospedaje (apart hotel). 23. Servicios de protección y seguridad. 24. Alquiler de vehículos. 25. Alquiler de maquinaria y equipo y de bienes tangibles. 26. Servicios de comunicaciones. 27. Infraestructura en transporte y telecomunicaciones. 28. Emisión de placas. 29. Mantenimiento, mejoramiento y conservación rutinarios y periódicos de vías nacionales, departamentales y locales. 30. Suministro de agua: alcantarillado, gestión de desechos y saneamiento. 31. Servicios de transporte. |